En el empeño de las entidades financieras por cobrarnos por casi todo, hay algunas cuestiones que nos interesan saber y que no siempre quedan del todo claras. Este es el caso de las cuentas bancarias cuyo único y exclusivo uso es el pago de las cuotas que se derivan de un préstamo hipotecario.
Pues bien, en este tipo de casos no se debe pagar comisión alguna, alegando que no podemos hacerlo de otra manera, y no nos queda más remedio que tener una cuenta corriente.
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Algo que sería injusto teniendo en cuenta que en cierto modo nos están obligando a contratar un servicio que nosotros no queremos (apertura y mantenimiento de una cuenta corriente o a la vista).
1. ¿Por qué pagar por algo que no queremos?
Con afirmaciones de este tipo podemos encontrar muchos ejemplos en la red, como por ejemplo este, que se encuentra en El Confidencial:
Para poder pagar la hipoteca, el banco me obliga a tener un cuenta corriente abierta. No me deja otra opción. No puedo pagarla en metálico a través de una ventanilla bancaria, ni a través de un giro postal, ni a través de otra cuenta corriente ya existente ni a través de un cheque. El banco no me deja alternativa y, por tanto, bajo mi punto de vista es abusivo e ilegal cobrar una comisión de mantenimiento a este tipo de cuentas.
2. Argumentos legales para no pagar comisiones en este tipo de casos
El regulador de la actividad financiera en nuestro país es el Banco de España, que en sus funciones, entre otras cuestiones, emite normativa y circulares en el que se especifican cuáles deben ser las 'reglas del juego'.
Por tanto, si echamos un vistazo a la Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre, basada en la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989, nos encontramos una agradable sorpresa, ya que tenemos lo siguiente:
Que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario no corresponde a los clientes correr con los gastos de ninguna comisión por mantenimiento o administración.
Así que, ¿por qué pagar por una cosa que no queremos y que nos obligan a tener? ¿Conocían esta norma? ¿Os afecta directamente? ¡Cuéntanos tu experiencia!
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