Otra de las posibles calamidades que nos podemos encontrar al llegar al aeropuerto (o sala de tortura) es el overbooking, es decir, una denegación del embarque a clientes que poseen un billete y reserva confirmada por un exceso de reservas, ya que se han vendido más billetes que plazas de avión. Esta práctica, increíblemente, está permitida. Pero también nos asisten unos derechos si nos encontramos en esa situación.
Para empezar, la compañía aérea debería en un primer momento solicitar voluntarios que cedan sus reservas a cambio de una compensación económica. Además, estos voluntarios pueden elegir entre obtener el coste pleno de sus billetes más un vuelo alternativo a su destino de origen o a su lugar de destino.
Si no existen voluntarios, la compañía podrá denegar el embarque a algunas personas y dará prioridad para realizar el viaje a las personas mayores, discapacitadas o menores no acompañados.
Las compensaciones por overbooking se pueden elegir entre las siguientes opciones: * Reembolso sin penalización del precio de billete y traslado al lugar de origen. * Conducción lo más rápida posible al destino final. * Aplazamiento del viaje hasta el momento que nos convenga.
Además de dicha compensación, la compañía aérea nos debe pagar unas indemnizaciones mínimas de: * 250 euros para vuelos inferiores a los 1.500 km. * 400 euros para los vuelos entre 1.500 y 3.500 km. * 600 euros para el resto de vuelos. Los importes se reducen un 50% si el vuelo siguiente se realiza con poca diferencia de tiempo.
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