Cuando alguno de nosotros es objeto de una inspección tributaria, en muchas ocasiones pensamos que el 'brazo' de la Agencia Tributaria puede obtener toda la información sobre nuestra realidad económica, pero en la práctica no es así, porque también cuentan con ciertos límites legales.
Un ejemplo para ilustrar estas limitaciones es lo que le sucedió en el año 2009 a un contribuyente, al solicitar Hacienda a su operador móvil sus datos de facturación durante un período de tiempo para verificar unos consumos, que al final no se ha cursado por una sentencia negativa de la Audiencia Nacional, alegando que:
Esa información tenía especial trascendencia para la comprobación inspectora.
A pesar de que se trata de una sentencia muy acertada, me gustaría lanzar una pregunta: ¿por qué no sucede lo mismo con nuestros consumos de electricidad?
Imagen | Lord Fergurson Vía | El País En Ahorro Diario | El recibo de la electricidad seguirá encareciéndose en los próximos 15 años