¿Cómo proceder si le ha afectado el cese de operaciones de Spanair?

¿Cómo proceder si le ha afectado el cese de operaciones de Spanair?
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Ayer por la tarde, de manera repentina, la aerolínea española Spanair dejó de volar, una decisión que ha sorprendido porque hasta tan solo unas horas antes vendía billetes, dejando por tierra a casi de 23.000 viajeros, que por suerte se han podido recolocar en su mayoría en vuelos de otras compañías, y dejando en el drama del paro a más de 3.000 empleados.

Esta situación resulta muy desagradable, dejando en una aparente situación de indefensión a los que la padecen. Por ello, hoy quiero dedicar un post a esta cuestión, para que si usted es uno de los afectados pueda reclamar sus derechos legítimos de acuerdos a la legislación y los derechos del consumidor vigentes en la actualidad.

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Siguiendo las recomendaciones de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) tenemos que seguir unos consejos, dependiendo de si se trata de una suspensión de operaciones (caso Spanair) o de una cancelación:

1) Suspensión de operaciones:

  • Conservar el título de transporte (físico o digital)

  • Aplicación del Reglamento nº 261/2004), sobre las cuantías automáticas de las compensaciones a las que tienen derecho los pasajeros afectados por la cancelación de su vuelo, que oscilan entre 250 y 600 euros en función de la distancia del vuelo

  • Si se trata de un viaje combinado, es decir, que además del vuelo se ha contratado algún servicio adicional como por ejemplo el alojamiento. Tenemos derecho a la devolución del importe o el cambio del vuelo por otro, que debemos gestionar con la agencia de viajes con la que lo hemos contratado

2) Cancelación del vuelo:

  • Derecho a asistencia básica (comida, bebida, alojamiento, comunicaciones, etcétera)

  • Compensación económica de cuantía variable en función de la distancia del vuelo:

i) Vuelo de hasta 1.500 km, 250 euros (125 si le ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 2 horas

ii) Vuelo de entre 1.500 y 3.500 km, o más de 1.500 km intracomunitario, 400?euros (200 si le ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 3 horas

iii) Vuelo de 3.500 km en adelante fuera de la UE, 600 euros (300 si le ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 4 horas

En conclusión, a pesar de las molestias ocasionadas, es muy importante tener presente estos derechos y mantener la calma, para de este modo poder resarcirnos de los daños causados. ¿Ha sufrido alguna vez laguna situación de este tipo? ¡Cuéntenos su experiencia!

Imagen | monstermunch
En Ahorro Diario | Conoce tus derechos como viajero ante el caso aéreo ocasionado por el volcán

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